Si todavía no has aprovechado las convocatorias de subvenciones para la rehabilitación de edificios de uso residencial en Barcelona, todavía estas a tiempo hasta el 31 de diciembre las subvenciones seguirán abiertas. Como siempre nos gusta mantener a nuestros clientes y seguidores informados de todo lo que pueda beneficiaros. La mayoría de las subvenciones os cubren el 50% del presupuesto, no te pierdas esta oportunidad. En GSI constructora en Barcelona, te ayudamos con la tramitación de la subvención para que podamos rehabilitar o reformas tu edificio. Contacta con nosotros si tienes más dudas.
La convocatoria vigente finaliza el 31 de diciembre, incorpora novedades importantes para mejorar y ampliar los programas de ayudas, como la simplificación de los trámites y la unificación y aumento de los porcentajes de las subvenciones. Las obras de rehabilitación que se pueden acoger a esta convocatoria son todas aquellas que afecten al edificio.
El porcentaje de la subvención incluye el presupuesto declarado en la licencia de obras así como también los estudios y trabajos técnicos y las tasas y tributos.
Quién y dónde se pueden solicitar y tramitar las ayudas?
El presidente de la comunidad de propietarios, el administrador o el propietario del edificio. En GSI constructora, te ayudamos con la tramitación de la subvención para que podamos rehabilitar o reformas tu edificio. Contacta con nosotros si tienes más dudas.
Condiciones que hay que cumplir
Edificios anteriores a 1981, destinados mayoritariamente a vivienda.
- El acuerdo de la comunidad de propietarios.
- No iniciar las obras antes de recoger el informe técnico inicial que se entrega con posterioridad a la formalización de la solicitud.
- Aportar el comunicado de inicio de obras o licencia de obras; iniciarlas dentro de los 3 meses desde la emisión del informe técnico inicial.
Los programas y las subvenciones
Se han establecido unos programas prioritarios que pueden llegar a tener una subvención de hasta el 50% (máximo 60.000 €) y son los siguientes:
Rehabilitación energética: reducción del consumo y mejora de la eficiencia energética de los edificios. Las obras que incorporen estas mejoras podrán optar a una subvención del 50%.
- Fachadas, cubiertas, medianeras y patios de luces.
- Azoteas verdes.
- Instalación de agua caliente sanitaria mediante energía solar.
- Puesta en marcha de placas solares obsoletas.
- Agua directa sanitaria.
- Centralización de instalaciones y sustitución de servicios de suministro por otros más eficientes.
Accesibilidad: instalación de ascensores en edificios que no tengan y supresión de barreras arquitectónicas en escaleras y vestíbulos.
- Patologías estructurales: obras para la reparación de patologías estructurales en edificios. Sin límite al importe de la subvención.
- Rehabilitación arquitectónica de elementos comunes. Las obras que no incorporen mejoras en la eficiencia energética del edificio podrán optar a una subvención del 25% (máximo 60.000 €): escaleras y vestíbulos, patios, instalaciones generales comunes tales como las redes: sanitaria (renovación de los bajantes), de agua corriente, eléctrica, de gas; el ordenamiento de: antenas, aparatos de aire acondicionado, etc.
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